27 de marzo de 2009

Condenado el Estado Colombiano a indemnizar a la familia de periodista asesinado por militares



Condenada la Nación por el crimen del colega Henry Rojas Monje, de Arauca
26/3/2009

Después de 12 años de batalla jurídica, finalmente el Consejo de Estado condenó a la Nación a indemnizar a los familiares del periodista Henry Rojas Monje, asesinado por militares en diciembre de 2001, mientras trabajaba en la Voz del Cinaruco de Arauca.

El pasado 19 de marzo, fue conocida la providencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado, con ponencia del Magistrado Enrique Gil Botero. En este fallo se declara a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, patrimonialmente responsable de la muerte del periodista.

Este proceso administrativo tuvo un largo recorrido, luego de denunciarse la pérdida de la mayor parte del expediente, durante su traslado a Bogotá, tras ser apelado el fallo del Tribunal Administrativo de Arauca en 1997. En noviembre de 2005, las autoridades judiciales ordenaron su reconstrucción.

El Centro de Solidaridad de la Federación Internacional de Periodistas, Ceso-FIP, envió esta información a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH, debido a la demora en la decisión administrativa. Ceso-FIP consideró que con la demora, se vulneraba el derecho a la reparación de las víctimas de violaciones de derechos humanos, en este caso, de la familia del colega asesinado por miembros de la fuerza pública.

Es importante resaltar que, en agosto de 2007, en el marco del programa de ayuda humanitaria a familias de periodistas asesinados, la Federación Internacional de Periodistas, FIP, y la Fundación Vintu por la Excelencia en Educación y Periodismo, otorgaron ayuda económica por un año a Hilda Rojas, viuda del colega asesinado.
La solicitud fue hecha por la Corporación de Periodistas de Arauca, COPAR, afiliada a la Federación Colombiana de Periodistas, FECOLPER, organización que representa a más de 1.300 colegas en 20 departamentos del país.

“Ninguna suma podrá recuperar la vida de nuestro colega cobardemente asesinado por soldados del Ejército Nacional, pero la reparación a su familia era una obligación moral del Estado que deja sentado un importante precedente para casos similares”, declaró Eduardo Márquez, presidente de la Federación Colombiana de Periodistas, FECOLPER. “Con este fallo del Consejo de Estado, se abre el camino al fin de la impunidad de los crímenes de periodistas, la más alta del mundo después de Irak.”

Resumen de los hechos: un viacrucis jurídico para conseguir justicia

Henry Rojas Monje, fue asesinado cuando llegaba a su casa en Arauca, por dos soldados profesionales de la Brigada XVIII del Ejército, Wilson Daza Rozo y José Alberto Cristiano Riaño, en presencia de su hijo de 2 años, el 28 de diciembre de 1991. Los autores materiales de este homicidio fueron detenidos el día siguiente, cuando pretendían regresar a la base militar del municipio de Saravena. El soldado Daza, quien le disparó a Henry, fue posteriormente víctima de tres atentados mientras cumplía su sentencia en Cúcuta, Norte de Santander. En uno de los atentados dentro de la cárcel, perdió la visión.

En 1997 fue apelado el fallo del Tribunal Administrativo de Arauca, pues los familiares de Henry, consideraron que con esa sentencia no había una reparación integral. Posteriormente, demandaron a la Nación y, en primera instancia, el Tribunal Administrativo de Arauca, falló a favor, en febrero de 1997, pero el Ministerio de Defensa apeló esta decisión. La siguiente instancia se tramitó desde el Consejo de Estado, por lo que el expediente debía trasladarse a Bogotá.

Durante el trámite de la apelación proferida por el Tribunal Administrativo de Arauca, la familia del colega denunció la desaparición las pruebas, un paquete con documentos que pesaba más de 6 arrobas. Poco tiempo después, las autoridades judiciales ordenaron su reconstrucción.

En enero de 2001, la Secretaría de la Sección Tercera dispuso “la incorporación al expediente de todos los documentos aportados durante la diligencia de reconstrucción del mismo y, por consiguiente, tenerlo por reconstruido”. Seis años después, el expediente reconstruido fue remitido al despacho del consejero ponente.

El 8 de agosto de 2007, el Consejero Enrique Gil Botero es encargado de este proceso. El 10 de agosto, el expediente entró al despacho del nuevo consejero ponente para ser fallado, previo trámite de las pruebas de oficio, que se ordenaron el 3 de octubre de 2007. El 7 de marzo de 2008 nuevamente entra el expediente al despacho del consejero.

El 29 de agosto de 2008, el Centro de Solidaridad de la Federación Internacional de Periodistas, Ceso-FIP, envió comunicación sobre este caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH. Y el 1 de septiembre, presentó solicitud de intervención a la Procuraduría General de la Nación.

El 11 de septiembre de 2008, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respondió a Ceso-FIP, sobre la recepción de la comunicación acerca del caso del periodista Henry Rojas.

El 19 de marzo de 2009 se notifica la providencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado, declarando patrimonialmente responsable al Estado por el asesinato del periodista Henry Rojas Monje.

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